11 de Noviembre de 2005
Tras calificarlo de “hurto”, el ministro de Trabajo, José Roberto Espinal, pidió mano dura de parte de la Fiscalía, que ya investiga las denuncias en contra de 118 empresas o patronos que no han pagado las cuotas laborales descontadas a los salarios de 6 mil 644 empleados.
aTras calificarlo de "hurto", el ministro de Trabajo, José Roberto Espinal, pidió mano dura de parte de la Fiscalía, que ya investiga las denuncias en contra de 118 empresas o patronos que no han pagado las cuotas laborales descontadas a los salarios de 6 mil 644 empleados.
Ese ilícito laboral está afectando a la fecha, en total, a unos 26 mil 980 empleados. Ellos y sus familias no pueden pasar consulta en el Seguro, a pesar de haber visto reflejados en su boletas de pagos los descuentos.
"Estamos en un país en el que tiene que hacerse cumplir el marco legal cuando se cometen estos ilícitos penales", afirmó Espinal, quien también es miembro del consejo directivo del ISSS.
"Están agarrando un dinero que no es de ellos; eso es un hurto calificado, con abuso de confianza, porque son trabajadores, y los patronos agarran dinero que no les corresponde", afirmó el ministro.
Aunque en el marco de la recién pasada Cumbre de las Américas, El Salvador reafirmó con su par de Argentina "velar por mejorar sistemas de seguridad social de los trabajadores", Espinal dijo que en estos casos su ministerio solo puede apoyar a los trabajadores en las denuncias y fiscalizar el cumplimiento de la parte laboral.
Obreras de la maquila, afectadas por este ilícito, se quejan de que la supervisión laboral es demasiado burocrática y poco efectiva.
En este sentido, también el jefe del departamento jurídico del ISSS, Ernesto Chamorro, ha pedido que quienes se vean afectados al no recibir sus certificados del ISSS acudan a la Fiscalía a interponer sus denuncias.
Publicada en La Prensa Gráfica
Alexander Torres
social@laprensa.com.sv
Viernes, 11 de noviembre de 2005
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Las administradoras de fondos de pensiones permiten que las empresas puedan reportar las cotizaciones de sus empleados por determinado mes, aunque el patrono ordene pagar con un poco de retraso. Por ello aplican un recargo a la empresa que utiliza ese método.
4. RETENER ES UN DELITO
Según el artículo 245 del Código Penal, "el empleador o cualquier responsable de la retención que se apropie de fondos, contribuciones, cotizaciones o cuentas de trabajadores destinadas legalmente al Estado (...) será sancionado con prisión de dos a cuatro años".
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